¿Por qué hablamos de Lavado de Dinero e Ilícitos Tributarios?

Por

Jorge Desimone

11 de enero, 2015

El ilícito tributario es una violación de las leyes financieras. Esta acción da lugar a que la persona infractora tenga que “compensar” aquel acto mediante el pago de una cantidad de dinero bien al Estado o a otro ente de tipo público.

Se aplican distintas sanciones tributarias, que pueden ser: prisión, multa, clausura de establecimiento, suspensión de licencias, y la  inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones.

Calificación del Ilícito tributario:

En la terminología tributaria:

  • Infracciones a los deberes formales: se relacionan con las transgresiones a los deberes de colaboración impuestos por la Administración Fiscal (por ejemplo: deberes tendientes a determinar la obligación tributaria, verificar y fiscalizar su correcto cumplimiento, etc.).
  • Infracciones a los deberes materiales: se vinculan con la obligación de pago o ingreso del tributo en su exacta medida.

En la terminología penal:

  • Ilícitos Formal: son aquellos que no requieren para su consumación la producción de un evento extraño o externo a la acción del sujeto. Expresado en otros términos podríamos decir que se manifiestan cuando el accionar del infractor ocasiona en sí mismo un daño o perjuicio concreto.
  • Ilícito Material: son aquellos en los que resulta indispensable para su consumación un resultado posterior y que representa los efectos de violación de un derecho concreto.
  • Ilícito de Daño: ocurren al producirse la lesión total o parcial al bien jurídico tutelado. No basta en este caso con la mera potencialidad del perjuicio, sino que el daño debe consumarse.
  • Ilícito de Peligro: se encuentran comprendidos en esta definición todos aquellos ilícitos que se perfeccionan con la mera posibilidad de lesión, aunque ésta no llegue a producirse efectivamente.

El lavado de dinero (también conocido como lavado de capitales, lavado de activos, blanqueo de capitales u operaciones con recursos de procedencia ilícita o legitimación de capitales) es una operación que consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades lícitas y circulen sin problema en el sistema financiero. En otras palabras, es un delito que consiste en hacer parecer que se obtuvo honradamente un dinero que en realidad se obtuvo ilegalmente; al delito de haber cometido actividades ilícitas se suma dicho engaño denominado lavado de dinero. Generalmente se realiza en varios niveles.

Consiste en ajustar a la legalidad fiscal el dinero procedente de negocios delictivos o injustificables.

Es decir, la actividad en la cual una persona o una organización criminal, procesa las ganancias financieras, resultando de actividades ilegales, para tratar de darles la apariencia de recursos obtenidos de actividades lícitas.

Clases de dinero negro

  • Dinero negro en sentido estricto: Es aquél que procede de actividades ilegales (robo, malversación de fondos, tráfico de drogas, tráfico de armas, prostitución, contrabando, etcétera). No puede ser declarado a la hacienda pública porque supondría una confesión del delito en cuestión.
  • Dinero negro en sentido amplio (también llamado en ocasiones dinero sucio): Es todo dinero que no haya sido declarado, sea cual sea el motivo. El caso más frecuente es la evasión de impuestos.

Como producto de la evasión de impuestos, el dinero negro puede suponer un problema para su propietario, puesto que es un indicio claro de un posible delito fiscal, y debe tratar de ocultar a la hacienda pública su existencia (evitando, por ejemplo, las entidades bancarias y gastándolo en bienes que no dejen rastro fiscal).

Como producto de actividades ilegales, el dinero negro puede ser un indicio de dichas actividades (la persona tiene una riqueza que no puede explicar). En estos casos, al procedimiento mediante el cual el dinero negro se hace pasar por dinero obtenido legalmente se le denomina blanqueo de capitales (lavado de dinero), y su objetivo es hacer que ese dinero tribute y figure oficialmente como procedente de una actividad lícita.

Técnicas de lavado de dinero: Son muchos los procedimientos para lavar dinero, de hecho, la mayoría están interrelacionados y suelen suceder de forma simultánea o sucesiva. Una característica común es que el lavado del dinero, en especial si es de grandes cantidades, suele costar una parte del dinero que se lava, por ejemplo, en forma de sobornos.

A continuación se enumeran los procedimientos más comunes de lavado de dinero:

  • Estructurar, trabajo de hormiga: División o reordenación de las grandes sumas de dinero adquiridas por ilícitos, reduciéndolas a un monto que haga que las transacciones no sean registradas o no resulten sospechosas. Estas transacciones se realizan por un período limitado en distintas entidades financieras.
  • Complicidad de un funcionario u organización: Uno o varios empleados de las instituciones financieras pueden colaborar con el lavado de dinero omitiendo informar a las autoridades sobre las grandes transacciones de fondos, generalmente su complicidad es causada por una extorsión y, a veces, obtendrá una comisión por ella.
  • Complicidad de la banca: Hay casos en que las organizaciones de lavado de dinero gozan de la colaboración de las instituciones financieras (a sabiendas o por ignorancia), dentro o que están fuera del mismo país, las cuales dan una justificación a los fondos objeto del lavado de dinero.
  • Mezclar: Las organizaciones suman el dinero recaudado de las transacciones ilícitas al capital de una empresa legal, para luego presentar todos los fondos como rentas de la empresa. Esta es una forma legal para no explicar las altas sumas de dinero.
  • Empresas fantasma (shell company): También conocidas como compañías de fachada o de portafolio. Son empresas legales, las cuales se utilizan como cortina de humo para enmascarar el lavado de dinero. Esto puede suceder de múltiples formas, en general, la "compañía de fachada" desarrollará pocas o ninguna de las actividades que oficialmente debería realizar, siendo su principal función aparentar que las desarrolla y que obtiene de las mismas el dinero que se está lavando. Lo habitual es que de dicha empresa sólo existan los documentos que acrediten su existencia y actividades, no teniendo presencia física ni funcionamiento alguno más que sobre el papel.
  • Compraventa de bienes o instrumentos monetarios: Inversión en bienes como vehículos, inmuebles, etc. para obtener beneficios monetarios de forma legal. En muchos casos el vendedor tiene conocimiento de la procedencia del dinero negro que recibe, e incluso puede ser parte de la organización de lavado de dinero. En esos casos, la compra de bienes se produce a un precio muy por debajo de su coste real, quedando la diferencia como comisión para el vendedor. Posteriormente el blanqueador vende todo o parte de lo que ha adquirido a su precio de mercado para obtener dinero lícito. Este proceso puede repetirse, de tal modo que los productos originalmente ilícitos son pasados de una forma a otra sucesivamente para así enmascarar el verdadero origen del dinero que permitió adquirir los bienes. Además, con cada transformación se suele disminuir el valor de los bienes para que las transacciones no resulten tan evidentes.
  • Contrabando de efectivo: Es el transporte del dinero objeto del lavado hacia el exterior. Existen algunas ocasiones en las cuales los blanqueadores de activos mezclan el efectivo con fondos transportados de otras empresas, para así no dejar rastro del ilícito.
  • Transferencias bancarias o electrónicas: Uso de Internet para mover fondos ilícitos de una entidad bancaria a otra u otras, sobre todo entre distintos países, para así no dar cuenta de las altas sumas de dinero ingresado. Para hacer más difícil detectar el origen de los fondos, es habitual dividirlos en entidades de distintos países, y realizar transferencias sucesivas.
  • Transferencias inalámbricas o entre corresponsales: Las organizaciones de lavado de dinero pueden tener ramificaciones en distintos países, por lo tanto la transferencia de dinero de una a otra organización no tiene por qué resultar sospechosa. En muchos casos, dos o más empresas aparentemente sin relación resultan tener detrás a la misma organización, que transfiere a voluntad fondos de una a otra para así enmascarar el dinero negro.
  • Falsas facturas de importación / exportación o “doble facturación”: Aumentar los montos declarados de exportaciones e importaciones aparentemente legales, de modo que el dinero negro pueda ser colocado como la diferencia entre la factura "engordada" y el valor real.
  • Garantías de préstamos: Adquisición de préstamos legalmente, con los cuales el blanqueador puede obtener bienes que aparentarán haber sido obtenidos de forma lícita. El pago de dichos préstamos hace efectivo el blanqueo.
  • Acogerse a ciertos tipos de amnistías fiscales: Por ejemplo, aquellas que permiten que el defraudador regularice dinero en efectivo.

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